La Ordenanza municipal responde a la necesidad de dotar al municipio de un Instrumento normativo que, en cumplimiento a la dispuesto en el artículo 59 del vigente
Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, sirva para establecer, además de las condiciones establecidas por la Administración Forestal, las condiciones específicas para acceder y disfrutar del recurso por la población local y los demás beneficiarios del Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
En este Artículo 59 se recoge:
Aprovechamientos tradicionales
b) Recolección de setas
Los objetivos de la Ordenanza son:
PUBLICACION BOCM APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA MUNICIPAL APROVECHAMIENTO MICOLÓGICO
PUBLICACIÓN BOCM ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE LA ATURIZACIÓN PARA EL APROVECHAMIENTO MICOLÓGICO
MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA DE LA AUTORIZACIÓN DEMANIAL
DEL APROVECHAMIENTO MICOLÓGICO DEL MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA 141
“PERIMETRO AGUIRRE”, EN EL T.M. DE SOTO EL REAL
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